Todas las pólizas de fianzas que se expiden deben de ser canceladas. Esto, dado que las fianzas no canceladas se acumulan en el saldo del cliente y no le permiten liberar su capacidad de afianzamiento.
Por ende, es de suma importancia realizar las cancelaciones de las obligaciones que ya se hayan cumplido. Para ello contamos con las siguientes opciones :
- Acta de Entrega – Recepción.
- Carta del beneficiario dando por terminada y cumplida la obligación afianzada
- Facturas y depósitos (Estados de Cuenta), reflejando la amortización del anticipo afianzado.